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Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el 7 de enero de 2021 la Resolución 5/2021, mediante la cual otorgó medidas cautelares de protección a favor de Yandier García Labrada, tras considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en el contexto de su privación de libertad en Cuba.
Según la solicitud, el beneficiario, quien es activista y miembro del Movimiento Cristiano Liberación, actualmente está recluido en la prisión «El Típico» por «desacato y desorden público». Se encuentra en una situación de riesgo en el marco de su privación de libertad producto de una alegada falta de atención médica adecuada ante golpizas recibidas durante su detención. La Comisión lamenta no contar con las observaciones del Estado, pese a fueron solicitadas de conformidad con el artículo 25.5 de su Reglamento.
Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho aportadas por los solicitantes, la Comisión considera que la información presentada demuestra prima facie que el señor Yandier García Labrada se encuentra en una situación de gravedad y urgencia, puesto que sus derechos a la vida e integridad personal están en riesgo de daño irreparable. Por consiguiente, de acuerdo con el artículo 25 del Reglamento de la CIDH, la Comisión solicita a Cuba que: a) adopte las medidas necesarias para proteger la vida e integridad personal del señor Yandier García Labrada, en particular, garantizando que sus condiciones de detención se adecuen a los estándares internacionales aplicables; b) concierte las medidas a implementarse con el beneficiario y sus representantes; y, c) informe sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente resolución y así evitar su repetición.
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia