Orden de desalojo contra Judit y sus niñas, la familia del disidente Ernesto Martini Fonseca

Judit vivía hasta ahora con su esposo y sus dos hijas de 8 y 10 años en una humilde casa de una sola habitación, en un callejón que termina en la línea del tren, en una zona de gran pobreza y marginalidad del barrio de Lawton, en la ciudad de La Habana. Las autoridades cubanas han ordenado desalojar esta familia de su casa

Según Jesús, el jefe de la Dirección de Vivienda del municipio 10 de Octubre, en el que está ubicada la casa, sus oficinas no tienen ningún proceso en marcha pero ha recibido órdenes superiores de que tiene que proceder a la “extracción”, que es el término con que oficialmente se denomina el desahucio o desalojo cruel.

El propio Jesús (Director de Vivienda Municipal cuyo apellido se niega a dar) estuvo el miércoles 12 de octubre en la casa de Judith para amenazarla con que el desalojo se podría llevar a cabo a partir de ese momento, cualquier día y a cualquier hora, sin antes notificarla para esto. Ya este funcionario en días anteriores, en su propia oficina, se había negado a presentar un documento con la orden, diciendo que no es necesario ningún documento para desalojarlos. No quieren dejar huellas de este desahucio cruel.

En el año 2002 José Antonio Cardoso Blandoni, que es el propietario de esta casa, firmó ante notario un poder legal concediéndole a Judit el derecho a vivir en la casa y a hacer cualquier trámite legal con esta propiedad. Hasta ese momento Judit, su esposo y sus dos hijas peregrinaban por diferentes casas donde alquilaban una habitación, hasta que la Seguridad del Estado presionaba a la familia propietaria y tenían que abandonarla e irse a hacinar en la casa de sus suegros. Por lo tanto, la casa de José Antonio se convirtió en su hogar, autorizados legalmente por su dueño legítimo. José Antonio viajó a Inglaterra en el año 2002 con permiso del gobierno cubano para residir en el extranjero (porque en Cuba hay que pedir permiso para residir en el extranjero). Regresó en agosto del 2003 y en diciembre de 2004, pero Inmigración esperó a que volviera a salir de Cuba, en enero del 2005 para aplicarle formalmente la categoría oficial de “negativa de regreso”, que significa destierro, confiscación de todos sus bienes y pérdida del derecho a vivir en su propio país, al que solo podrá venir de visita si el gobierno le otorga “permiso de entrada”. No hay que decir cuántos derechos humanos e instrumentos internacionales de protección de la persona viola el gobierno cubano con estas leyes, regulaciones y prácticas, pero sí hay que explicar que con esto viola la Constitución de la República de Cuba, especialmente en este caso, aunque se empeñen darle un ropaje legal a una violación mayor que es el desahucio cruel a una familia humilde. Más adelante volveremos a este tema de la violación de la Constitución Cubana.

El Capitán de Inmigración Leonel Rodríguez en el mes de abril citó a Judit por dos veces consecutivas diciéndole que ya que a José Antonio se le había aplicado la condición de “negación de regreso” (algo que José Antonio desconoce) y por eso ella iba a ser desalojada, pero que tenía un mensaje de la Seguridad del Estado: “que, si su esposo aceptaba conversar con la Seguridad del Estado, seguramente esta situación pudiera resolverse y no habría más problemas”. Este chantaje es la demostración del motivo por el cual el gobierno cubano desaloja a esta familia. Quieren castigarla y acosarla al extremo, porque el esposo de Judit y padre de las niñas es Ernesto Martini Fonseca, a quienes sus amigos llaman Freddy y es miembro del Consejo Coordinador del Movimiento Cristiano Liberación. Ernesto respondió que no tenía nada que conversar con la Seguridad del Estado. A partir de ese momento se echó a andar la maquinaria malvada e implacable contra esta familia indefensa.

Todos conocemos, por la historia o por la experiencia, lo que significaban aquellos desalojos forzosos y crueles que los propietarios de fincas y casas realizaban contra familias indefensas en las décadas anteriores a la llegada de la Revolución. Es más, para muchos esta Revolución se hizo para superar esos abusos que se realizaban por interés de propietarios poderosos. ¿Estamos en la misma situación? En cuanto al abuso y a la crueldad se ha superado ya. La diferencia con Judit es que la van a desalojar en contra de la voluntad del propietario legítimo de la vivienda y solo para perjudicarlos a ellos.

El Artículo 9, inciso c) de la Constitución de la República dice: “El Estado trabaja por lograr que no haya familia que no tenga una vivienda confortable”. Pero la Seguridad del Estado actúa para que la familia de Judit se quede sin ninguna vivienda. ¿Qué ocurre, la Seguridad del Estado trabaja contra el Estado?

Y el Artículo 25 dice: “Se autoriza la expropiación de bienes por razones de utilidad pública o interés social y con la debida indemnización…”. En este caso la expropiación a su legítimo dueño y el desalojo de la familia de Judit es contra el interés social, contra una familia pobre y especialmente contra dos niñas que quedaran sin techo.

El Artículo 32 de la Constitución dice que “los cubanos no podrán ser privados de su ciudadanía” y afirma que la ley establece el procedimiento para formalizar la pérdida de la ciudadanía. Si José Antonio no ha perdido su ciudadanía cubana, ¿Cómo se le aplica la expropiación sin indemnización y sin que sea de utilidad pública o interés social como dice el Artículo 25 de la Constitución? ¿por qué, de hecho, el Gobierno trata a un cubano que emigra como si perdiera sus derechos ciudadanos?

En el Diálogo Nacional y en el Programa Transitorio que estamos redactando se rechaza tajantemente cualquier posibilidad de desalojar de su casa o de sacar por cualquier medio de sus casas a las familias que habiten viviendas cuyos dueños se hayan marchado del país, ya que esto sería injusto, cruel e inaceptable. También es cruel en este caso desalojar a esta familia, que estaba legalmente habitando esta casa por autorización del dueño legítimo, antes de salir del país con Permiso de Residencia en el Extranjero (PRE) . Evidentemente existe una complicada y cruel madeja de violaciones a los Derechos Humanos y a la Constitución, tanto en las leyes como en la práctica contra los cubanos que emigran y contra los que se quedan.

Se comprende que las viviendas que quedan vacías cuando los cubanos emigran puedan ser asignadas a familias que no tienen donde vivir. Pero en este caso están desalojando una familia que no tiene donde vivir.

Invito a la prensa acreditada en Cuba, a los turistas y a todos los ciudadanos que tengan el valor de hacerlo a que pasen frente a la casa de Judit, cita en Lugareño No. 104, e/ Céspedes y Línea del Ferrocarril, Lawton, donde pronto ya no estarán Judit, Ernesto ni sus hijas Aranza y Shandi. Los que se acerquen y vean la humilde casita podrán comprender la magnitud de la crueldad y el abuso contra la familia de Judit y Ernesto, solo porque éste está defendiendo los derechos de todos los cubanos. Pero invito también a la Prensa y a los mismos ciudadanos a que hagan un recorrido por el Nuevo Vedado, Miramar, Siboney, Atabey, Cubanacán, por no decir Varadero, Santa María Loma y otras zonas más, denominadas legalmente “congeladas”, y comparen la humilde casa donde vive Judit con las mansiones llenas de criados donde viven ciertos dirigentes y generales de la Revolución, de esa Revolución de los humildes que se hizo para superar los abusos y los desalojos. Muchos de ellos además de dirigentes ahora son gerentes, además de comisarios son empresarios, muchos ya son ricos, mientras proclaman “Socialismo o Muerte” desde las tribunas y toleran u ordenan estos abusos que tanto daño han hecho durante décadas. Termino con una frase que se le atribuye a Séneca: “Nada más bajo y vil, que ser altivo con el humilde y cruel con el indefenso”.

Oswaldo José Payá Sardiñas

La Habana, 6 de Octubre de 2005

Oswaldo José Payá Sardiñas

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